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Guía

Cumplimiento legal de una web en España: la guía completa

Actualizado el 30 de junio de 2026 · 9 min de lectura · por Custor
En resumen

Una página web en España debe cumplir, como mínimo, cuatro bloques normativos: protección de datos (RGPD y LOPDGDD), cookies y comunicaciones electrónicas (LSSI), accesibilidad (EAA / WCAG 2.1 AA) e identidad del prestador (aviso legal, LSSI art. 10). Si vende productos o servicios, añade normativa de consumo; si es del sector financiero, las reglas del Banco de España y la LCCI. El incumplimiento puede sancionarse con multas que van desde 30.000 € (cookies) hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación (RGPD).

¿Qué leyes tiene que cumplir una página web?

Toda web accesible desde España queda sujeta a varias normas a la vez. Las cuatro imprescindibles para cualquier sitio son:

¿Cuánto puede costar no cumplir?

Las sanciones se expresan como máximo legal previsto. En materia de cookies, la LSSI prevé multas de hasta 30.000 €. En protección de datos, el RGPD (art. 83) llega a 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual global. El aviso legal incompleto es infracción de la LSSI sancionable hasta 600.000 € en sus casos más graves.

El error más común y más caro

Cargar Google Analytics o el píxel de Meta antes de que el usuario acepte las cookies. Es el incumplimiento que más resoluciones sancionadoras genera en la AEPD, y casi siempre es invisible para quien no audita la web con un navegador real.

¿Cómo saber si mi web cumple?

El primer paso es una auditoría: revisar textos legales, formularios, cookies y rastreadores disparados antes del consentimiento, transferencias internacionales (por ejemplo, fuentes de Google servidas desde EE. UU.) y accesibilidad. Puedes analizar tu web gratis con Custor y obtener al instante tu puntuación de cumplimiento y los riesgos detectados, con la norma y la sanción de cada uno.

¿Qué pasa con el sector financiero?

Las webs de intermediarios de crédito, brokers hipotecarios y entidades financieras suman obligaciones específicas: transparencia de la Ley 5/2019 (LCCI), número de registro del Banco de España visible, y la prohibición de usar el término «independiente» si se percibe remuneración del prestamista. Lo cubrimos en detalle en la guía de cumplimiento para brokers.

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Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el aviso legal en una web?+

Sí. El artículo 10 de la LSSI obliga a todo prestador de servicios de la sociedad de la información a publicar de forma permanente sus datos identificativos: denominación, NIF, domicilio, correo y, si procede, datos registrales.

¿Una web sin tienda online también debe cumplir el RGPD?+

Sí. Basta con que recojas cualquier dato personal —un formulario de contacto, una newsletter o incluso la IP a través de analítica— para que se aplique el RGPD: necesitas política de privacidad, base jurídica y consentimiento válido.

¿Desde cuándo es obligatoria la accesibilidad web?+

La accesibilidad conforme a WCAG 2.1 AA es obligatoria para servicios dirigidos a consumidores desde el 28 de junio de 2025, en aplicación de la European Accessibility Act (Directiva UE 2019/882) y la Ley 11/2023.

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