Selecciona los incumplimientos y tu facturación para ver la exposición máxima a sanción según el máximo legal previsto por el RGPD y la LSSI.
Máximo legal previsto · el mayor entre el tope de la norma y el porcentaje de tu facturación.
Comprueba cuáles de estos incumplimientos tiene de verdad tu web.
Analizar mi web gratisHerramienta orientativa. No es una predicción de la sanción que recibirías ni asesoramiento jurídico; las cuantías reales dependen de la AEPD y de cada caso.
El RGPD (art. 83.5) prevé sanciones de hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación anual global, la cantidad que sea mayor. Para infracciones del art. 83.4 el tope es de 10 millones o el 2%.
Por la vía de la LSSI (art. 22.2), las infracciones por cookies se sancionan con hasta 30.000 €. Si además hay tratamiento de datos sin base jurídica, se aplica el RGPD, con topes mucho mayores.
El RGPD fija el tope como el mayor entre una cantidad fija (10 o 20 millones) y un porcentaje de la facturación anual global (2% o 4%). Para la mayoría de pymes, el tope fijo es el de referencia.